La Justicia sorprende al anular la inhabilitación de Pedro Rocha en la RFEF
El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 2 ha dado un giro en el caso de Pedro Rocha, ex presidente de la Real Federación Española de Fútbol, al admitir su recurso contra la sanción de inhabilitación impuesta por el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD). Esta sanción, dictada en julio de 2024, consistió en dos años de inhabilitación para ocupar cargos directivos en federaciones deportivas y dos multas de 16.527,84 euros cada una.
La sanción original impidió a Rocha presentarse a las elecciones federativas de diciembre de 2024, en las que finalmente resultó vencedor Rafael Louzán. Rocha intentó en varias ocasiones recurrir la sanción, primero ante el Juzgado Central de lo Contencioso número 2 y después ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin éxito hasta la reciente resolución.
El fallo conocido este martes concluye que a Rocha se le vulneró el derecho de defensa, ya que el TAD no consideró sus alegaciones presentadas dentro del plazo legal, según informó Iusport. El juzgado determinó que las alegaciones fueron remitidas por correo certificado y que el TAD tenía constancia de su envío antes de dictar su resolución.
A pesar de ello, el TAD resolvió el expediente sin esperar ni valorar los argumentos de Rocha, lo que, según el magistrado, vació de contenido el derecho de audiencia y causó una indefensión real y efectiva al interesado. La sentencia subraya que la obligación de la Administración de resolver en plazo no puede ejercerse a costa de suprimir derechos fundamentales.
El tribunal califica la actuación del TAD como falta de buena fe y lealtad procedimental. Por este motivo, declara la nulidad absoluta de la resolución sancionadora y ordena que el TAD retrotraiga actuaciones para valorar las pruebas y alegaciones de Rocha antes de emitir una nueva decisión.
En cuanto a los hechos imputados, la Audiencia Nacional había señalado en noviembre de 2024 que Rocha fue sancionado por «tres infracciones muy grave», relacionadas con el ejercicio de competencias que no le correspondían según la normativa federativa, desoyendo las normas internas y privando al órgano de gobierno de decisiones que le eran exclusivas.
La Sala detalló que Rocha fue expedientado por actuar de manera arbitraria, sustituyendo la voluntad del ente federativo por la suya propia y sustrayendo al órgano de gobierno competencias exclusivas. Entre los hechos concretos se encuentran el despido del anterior secretario general, Andreu Camps, la rescisión del contrato con GC Legal y la personación de la RFEF como acusación particular en el caso del traslado de la Supercopa a Arabia.
Pedro Rocha denunció el daño irreparable que le ha causado la inhabilitación y destacó que «la misma justicia que le denegó tres veces la suspensión cautelar de la sanción ha anulado ahora el procedimiento la injusta sanción que le impuso el TAD, sin ver sus alegaciones y creándole absoluta indefensión».




